Artwork

Mario silva rodriguez에서 제공하는 콘텐츠입니다. 에피소드, 그래픽, 팟캐스트 설명을 포함한 모든 팟캐스트 콘텐츠는 Mario silva rodriguez 또는 해당 팟캐스트 플랫폼 파트너가 직접 업로드하고 제공합니다. 누군가가 귀하의 허락 없이 귀하의 저작물을 사용하고 있다고 생각되는 경우 여기에 설명된 절차를 따르실 수 있습니다 https://ko.player.fm/legal.
Player FM -팟 캐스트 앱
Player FM 앱으로 오프라인으로 전환하세요!

Clausula 2

2:17
 
공유
 

Manage episode 249905844 series 1067966
Mario silva rodriguez에서 제공하는 콘텐츠입니다. 에피소드, 그래픽, 팟캐스트 설명을 포함한 모든 팟캐스트 콘텐츠는 Mario silva rodriguez 또는 해당 팟캐스트 플랫폼 파트너가 직접 업로드하고 제공합니다. 누군가가 귀하의 허락 없이 귀하의 저작물을 사용하고 있다고 생각되는 경우 여기에 설명된 절차를 따르실 수 있습니다 https://ko.player.fm/legal.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CLÁUSULA 2. La aplicación de este Contrato Colectivo corresponde a los representantes sindicales y a los del patrón acreditados en la cláusula 1, en sus respectivos ámbitos de competencia. Para esos efectos: Es responsabilidad de cada centro de trabajo, a través de sus representantes patronales locales, atender y resolver, los asuntos que planteen por escrito los Comités Ejecutivos Seccionales o Delegacionales; cuando la Representación Sindical no estuviere de acuerdo con la resolución dictada podrá, replantear el caso, directamente o por conducto del Representante Local del Patrón ante los Representantes Regionales. Los planteamientos sindicales en cada una de las instancias de trato antes mencionadas, serán atendidos por el patrón dentro de un plazo no mayor de 10 días hábiles, comunicando por escrito al sindicato la resolución fundamentada. Los representantes patronales referidos están obligados a recibir a la Representación Sindical dentro de las horas hábiles y fuera de éstas, cuando la gravedad o importancia del caso lo amerite. Compete a los representantes generales del patrón y del Comité Ejecutivo General del STPRM, conocer y resolver: Los asuntos laborales de carácter general; Los que involucren a grupos de trabajadores de uno o más organismos subsidiarios; Los que entrañen variantes o modalidades especiales en las condiciones de trabajo; Los que el Sindicato determine tratar directamente, por inconformarse con la resolución dictada localmente a los Comités Ejecutivos Locales o Delegacionales; y Los asuntos concretos que por sus características 7 deban ser tratados a ese nivel. La concertación e interpretación de este Contrato Colectivo, de los acuerdos y convenios conexos es de la competencia exclusiva de los representantes generales del patrón y del Comité Ejecutivo General del STPRM.
  continue reading

13 에피소드

Artwork

Clausula 2

CCTPEMEX

published

icon공유
 
Manage episode 249905844 series 1067966
Mario silva rodriguez에서 제공하는 콘텐츠입니다. 에피소드, 그래픽, 팟캐스트 설명을 포함한 모든 팟캐스트 콘텐츠는 Mario silva rodriguez 또는 해당 팟캐스트 플랫폼 파트너가 직접 업로드하고 제공합니다. 누군가가 귀하의 허락 없이 귀하의 저작물을 사용하고 있다고 생각되는 경우 여기에 설명된 절차를 따르실 수 있습니다 https://ko.player.fm/legal.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CLÁUSULA 2. La aplicación de este Contrato Colectivo corresponde a los representantes sindicales y a los del patrón acreditados en la cláusula 1, en sus respectivos ámbitos de competencia. Para esos efectos: Es responsabilidad de cada centro de trabajo, a través de sus representantes patronales locales, atender y resolver, los asuntos que planteen por escrito los Comités Ejecutivos Seccionales o Delegacionales; cuando la Representación Sindical no estuviere de acuerdo con la resolución dictada podrá, replantear el caso, directamente o por conducto del Representante Local del Patrón ante los Representantes Regionales. Los planteamientos sindicales en cada una de las instancias de trato antes mencionadas, serán atendidos por el patrón dentro de un plazo no mayor de 10 días hábiles, comunicando por escrito al sindicato la resolución fundamentada. Los representantes patronales referidos están obligados a recibir a la Representación Sindical dentro de las horas hábiles y fuera de éstas, cuando la gravedad o importancia del caso lo amerite. Compete a los representantes generales del patrón y del Comité Ejecutivo General del STPRM, conocer y resolver: Los asuntos laborales de carácter general; Los que involucren a grupos de trabajadores de uno o más organismos subsidiarios; Los que entrañen variantes o modalidades especiales en las condiciones de trabajo; Los que el Sindicato determine tratar directamente, por inconformarse con la resolución dictada localmente a los Comités Ejecutivos Locales o Delegacionales; y Los asuntos concretos que por sus características 7 deban ser tratados a ese nivel. La concertación e interpretación de este Contrato Colectivo, de los acuerdos y convenios conexos es de la competencia exclusiva de los representantes generales del patrón y del Comité Ejecutivo General del STPRM.
  continue reading

13 에피소드

모든 에피소드

×
 
Loading …

플레이어 FM에 오신것을 환영합니다!

플레이어 FM은 웹에서 고품질 팟캐스트를 검색하여 지금 바로 즐길 수 있도록 합니다. 최고의 팟캐스트 앱이며 Android, iPhone 및 웹에서도 작동합니다. 장치 간 구독 동기화를 위해 가입하세요.

 

빠른 참조 가이드